Resultados ordenados por Fecha de Promulgación/Protocolización comenzando por el más reciente
| Relación | Tipo de Norma | Nro. | Fecha Prom./Prot | Artículos Afectados | Tema | Enlaces |
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| MODIFICA | DECRETO | 1888 | 06/08/2021 | Modifica el Artículo 2º y los Anexos I, II, III y IV del Decreto.- | Convenios - Acuerdos para el Pago de Deudas por Multas - Juicios - Sentencias - Procesos Judiciales: Faculta al Fiscal de Estado a aceptar las propuestas de acuerdo para el pago cancelatorio de deudas en concepto de multas y sus acreencias, con trámite de ejecución judicial (con o sin sentencia) o deudas para su recupero extrajudicial a cargo de la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado (Formas de Pago - Gestión de Recupero - Multas Provenientes de la Dirección de Comercio Interior, Dirección de Fiscalización Ambiental, Dirección General de Transporte y otros Organismos del Estado Provincial - Administración Pública de la Provincia de Tucumán). | Texto Original |
| COMPLEMENTA | DECRETO | 958 | 17/06/2020 | Complementa al Decreto.- | Autoriza el convenio de pago propuesto por el Sr. Enrique Alberto Banchero en 15 cuotas de la deuda actualizada de los juicios sin sentencias. | Texto Original |
| COMPLEMENTA | LEY | 8896 | 11/08/2016 | Complementa a la Ley.- | Nueva Ley de Fiscalía de Estado - Estructura, Funcionamiento y Organización: Dispone que Fiscalía de Estado será el órgano superior de asesoramiento jurídico del Poder Ejecutivo de la Provincia de Tucumán, de defensa y contralor legal de la administración y de estudio de la legislación para su mejoramiento. Rango Ministerial y Dependencia Jerárquica: Establece que el Fiscal de Estado tendrá jerarquía ministerial (Ministerio - Ministro) y dependerá en forma directa del Gobernador de la Provincia. Estructura Orgánica - Integración: Integran la Fiscalía de Estado: el Fiscal Adjunto; la Subsecretaría Legal y Técnica, la Subsecretaría de Control, Fiscalización y Auditoría; la Dirección Adjutora, la Dirección de Asesoramiento y Contralor, la Dirección Judicial, la Dirección de Administración y Despacho, la Dirección de Auditoría, la Dirección de Personas Jurídicas y la Dirección Registro de Sentencias; los abogados, procuradores y contadores auxiliares; el Cuerpo Provincial de Abogados.- Nombramiento, Remoción, Incompatibilidades del Cargo, Recusación, Excusación, Condiciones, Deberes y Atribuciones del Fiscal de Estado.- Fiscal Adjunto.- Subsecretarios de Fiscalía de Estado: Rango, Designación, Requisitos, Incompatibilidades y Recusaciones. Deberes, Atribuciones y Funciones de las Subsecretarías. Reemplazos y Sustituciones del Fiscal y Fiscal Adjunto de Estado - Ausencias. Directores y Subdirectores de Fiscalía de Estado: Requisitos.- Creación de Subdirecciones: El Poder Ejecutivo podrá crear en el ámbito de cada Dirección, las Subdirecciones que estime pertinentes. Establece las funciones de la Dirección de Asesoramiento, Dirección Judicial, Dirección de Auditoría, Dirección de Personas Jurídicas, Dirección de Administración y Despacho, Dirección Adjutora y Dirección Registro de Sentencias. Dispone los requisitos para ser designado abogado, procurador o contador de Fiscalía de Estado. Los profesionales y empleados de Fiscalía de Estado tendrán libre ejercicio de la profesión, con las limitaciones que se detallan. Cuerpo Provincial de Abogados - Conformación: estará formado por los asesores letrados de los Ministerios y dependencias de la Administración Pública Provincial y dependerán tecnicamente de Fiscalía de Estado. Dispone la Creación del Registro de Abogados del Estado de la Provincia de Tucumán. Corresponde a todas las Reparticiones Públicas mantener actualizada la información del citado Registro. Modifica la Ley Nº 7844 (Mediación Obligatoria) en su artículo 3º inciso 5. Deroga la Ley Nº 3623 (Anterior Ley de Fiscalía de Estado - Creación).- NOTA: GENERAL VIGENTE POR LEY Nº 9924 (DIGESTO JURIDICO). TEXTO CONSOLIDADO.- |
Texto Original Consolidado Ley 9924/2025 |