Consulta de Normas - DECRETO 365/2025 - Relaciones

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Relación Tipo de Norma Nro. Fecha Prom./Prot Artículos Afectados Tema Enlaces
RECTIFICA DECRETO 353 20/02/2025 Rectifica el Decreto en el sentido de sustituir el Anexo II del mismo (Modelo de Contrato de Leasing).- Compra de Omnibus/Colectivos para el Servicio de Transporte Público Automotor de Pasajeros - Ley Nº 9807:
Deja establecido que la distribución de las unidades 0 Km adquiridas mediante la Resolución Conjunta Nº 3/MEyP y MOySP del 25/11/2024, a las empresas de Transporte Público de Pasajeros, se hará según el detalle que como Anexo I se aprueba.
Autorización: Autoriza al Secretario de Estado de Transporte y Seguridad Vial, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, a celebrar los respectivos contratos de Leasing con las empresas prestatarias del Servicio Público de Pasajeros de Jurisdicción Provincial detalladas en Anexo I y de conformidad al modelo de contrato que como Anexo II queda aprobado. A dichos efectos, se faculta a Escribanía de Gobierno de la Provincia de Tucumán a intervenir en el trámite mencionado.
Autoriza al citado funcionario, o a quien este designe para que, en representación del Gobierno de la Provincia de Tucumán, realice cualquier acción y/o trámite concerniente a la registración (registro) de los contratos de Leasing en el Registro Automotor correspondiente.
Exención Impositiva: Establece la alícuota del 0% en el Impuesto de Sellos, para los contratos de Leasing a celebrarse en el marco del presente Decreto.
(Emergencia del Servicio de Omnibus/Colectivos - Ley Nº 9102, prorrogada por Leyes Nº 9538 y Nº 9773 - Adquisición de Unidades para garantizar la prestación - continuidad del servicio - AETAT - A.E.T.A.T.).
Texto Original
COMPLEMENTA LEY 9102 31/05/2018 Complementa a la Ley.- Declara la Emergencia del Servicio Provincial de Transporte Público Automotor de Pasajeros de jurisdicción provincial, alcanzado por la Ley Nº 6210 y modificatorias, por el término de dos (2) años prorrogable, por idéntico término por el Poder Ejecutivo, si subsistieren las causales que dan origen a la presente declaración. Otorgamiento de subsidios mensuales a AETAT. NOTA: DECRETO Nº 2634/1-2020 AMPLÍA HASTA EL 31/12/2021 LA VIGENCIA DE LA LEY.- Texto Original
COMPLEMENTA LEY 9538 16/05/2022 Complementa a la Ley.- Prorroga a partir de la fecha de su vencimiento 31 de Mayo del 2022 hasta el 31 de Mayo del 2024, la emergencia del Servicio Público de Transporte Automotor de Pasajeros de jurisdicción provincial, dispuesta por el Artículo 1° de la Ley N° 9102. Faculta al Poder Ejecutivo a atender la situación del Servicio Público de Transporte Automotor de Pasajeros de jurisdicción provincial, otorgando subsidios o compensaciones mensuales a través de la Asociación de Empresarios del Transporte Automotor de Tucumán (AETAT), con el objeto de asistir al sector alcanzado por la emergencia a fin de garantizar la prestación del servicio y el mantenimiento de las fuentes de trabajo que brindan las actuales prestatarias nucleadas en la entidad.- Texto Original
COMPLEMENTA LEY 9773 27/05/2024 Complementa a la Ley.- Amplia hasta el 31 de Mayo del 2026, la Emergencia del Servicio Público de Transporte Automotor de Pasajeros de jurisdicción provincial, dispuesta por el Artículo 1º de la Ley N° 9538, pudiendo ser prorrogada por el término de dos (2) años si subsistieren las causales que dieron origen a la presente. Faculta al Poder Ejecutivo a atender la situación del Servicio Público de Transporte Automotor de Pasajeros de jurisdicción provincial, otorgando Subsidios o Compensaciones mensuales a través de la Asociación de Empresarios del Transporte Automotor de Tucumán (A.E.T.A.T.), con el objeto de asistir al sector alcanzado por la emergencia y a fin de garantizar la prestación y calidad del servicio y el mantenimiento de las fuentes de trabajo que brindan las actuales prestatarias nucleadas en la entidad.- Texto Original
COMPLEMENTA LEY 9807 23/10/2024 Complementa a la Ley.- Dispone la ratifícación en todos los términos del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 5/3-MEyP del 26/09/2024, por el cual se faculta al Ministerio de Obras y Servicios Públicos y al Ministerio de Economía y Producción para que efectúe la contratación directa, previo cotejo de precios, destinada a la adquisición de unidades cero kilómetro de Omnibus que serán afectadas al Servicio de Transporte Público de Pasajeros de la Provincia de Tucumán.
Las citadas unidades serán transferidas a título oneroso a las Empresas Concesionarias.
(Renovación de la Flota de ómnibus - Facultad para comprar Colectivos - Buses - Asociación de Empresarios del Transporte Automotor de Tucumán - A. E.T.A.T. - AETAT - Ley Nº 9773: Emergencia del Servicio Público de Transporte Automotor de Pasajeros de jurisdicción provincial).
Texto Original
COMPLEMENTA DECRETO NECESIDAD Y URGENCIA 5 26/09/2024 Complementa al Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia.- Faculta al Ministerio de Obras y Servicios Públicos y al Ministerio de Economía y Producción para que, en el marco de la Ley Nº 9773 (Emergencia del Servicio Público de Transporte Automotor de Pasajeros de jurisdicción provincial), efectúe la contratación directa, previo cotejo de precios, destinada a la adquisición de unidades cero kilómetro de Omnibus para ser afectadas al Servicio de Transporte Público de Pasajeros de la Provincia de Tucumán.
Las citadas unidades serán transferidas a título oneroso a las Empresas Concesionarias.
(Renovación de la Flota de ómnibus - Facultad para comprar de colectivos - Buses - Asociación de Empresarios del Transporte Automotor de Tucumán - A. E.T.A.T. - AETAT).
Texto Original
COMPLEMENTA LEY 6210 05/08/1991 Complementa a la Ley.- Establece las bases para la coordinación, planeamiento, regulación y control del Transporte Público de Pasajeros en la Provincia de Tucumán. Dispone el cambio de denominación Dirección General de Autotransporte por Dirección General de Transporte. Deroga toda disposición que se oponga a la presente Ley. Nota: GENERAL VIGENTE POR LEY Nº 8240 DIGESTO JURIDICO. TEXTO CONSOLIDADO.#TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS Texto Original Consolidada
COMPLEMENTA DECRETO 4059 04/12/2024 Complementa al Decreto.- Autoriza al Secretario de Transporte y Seguridad Vial, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, a suscribir un Convenio con la Asociación de Empresarios del Transporte Automotor de Tucumán (AETAT), destinado a trasladar a la Provincia de Tucumán las unidades de colectivos - ómnibus adquiridos para su utilización en el Servicio Público de Transporte Automotor de Pasajeros.
Otorga autorización al Secretario de Transporte y Seguridad Vial para suscribir las autorizaciones destinada a los choferes que sean asignados para el retiro de las unidades adjudicadas.
La Secretaría de Transporte y Seguridad Vial documentará debidamente toda la operatoria de retiro de las unidades, el arribo a la Provincia de Tucumán, la custodia en los depósitos de A.E.T.A.T., y la distribución y entrega a cada empresa de transporte de pasajeros que haya manifestado su interés en el bien.
(Puesta a disposición de los choferes necesarios para retirar las unidades 0 km. adjudicadas - Retiro, Traslado y Recepción de Autobuses).
Texto Original
COMPLEMENTA DECRETO 3309 08/10/2024 Complementa al Decreto.- Establece que las contrataciones directas, previo cotejo de precios, destinada a la adquisición de unidades cero kilómetros qué serán afectadas al Servicio de Transporte Público de Pasajeros, dispuestas por el DNU N° 5/3(MEyP)-2024, se llevarán a cabo con las condiciones detalladas. Confoma la Comisión de Preadjudicación que actuará en las adquisiciones de unidades con los integrantes: . CPN Vicente Manuel Nicastro, Dr. Francisco José Nader Zelaya, Dr. Oscar Armando Salas, Dr. Federico Sassi Colombres y CPN Rosa Elena Divarvaro. Exeptua a las contrataciones autorizadas en el presente instrumento de las disposiciones del Artículo 5° del Decretó N° 4/3(SH)-2024. Texto Original
COMPLEMENTA DECRETO 344 18/02/2025 Complementa al Decreto.- Establece la alícuota diferencial del 0% en el Impuesto de Sellos para los actos que tengan por objeto la transmisión de la propiedad de automotores 0 km - kilómetro en general, instrumentados mediante formulario "Solicitud de Inscripción Inicial" (F.01), como así también sobre la documentación de cualquier naturaleza que se presente como título justificativo de la propiedad a los efectos de obtener la matriculación respectiva o la inscripción de la transmisión de dominio para su inscripción registral, que fueran efectuados en el marco de la Ley N° 9807, por la que se dispuso la ratifícación en todos los términos del Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia N° 5/3-MEyP del 26/09/2024, por el cual se faculta al Ministerio de Obras y Servicios Públicos y al Ministerio de Economía y Producción a efectuar la contratación directa, previo cotejo de precios, destinada a la adquisición de unidades cero kilómetro de Omnibus que serán afectadas al Servicio de Transporte Público Automotor de Pasajeros de la Provincia de Tucumán.
(Renovación de la Flota de ómnibus - colectivos - buses - Emergencia del Servicio de Omnibus - Ley Nº 9102, prorrogada por Leyes Nº 9538 y Nº 9773).
Texto Original