Consulta de Normas - DECRETO 88/2025 - Relaciones

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Relación Tipo de Norma Nro. Fecha Prom./Prot Artículos Afectados Tema Enlaces
MODIFICA DECRETO 4444 30/12/2024 Modifica al Artículo 3º y rectifica el Artículo 5º del Decreto.- Dique El Cadillal - Aprobación: Aprueba lo actuado por la Dirección Provincial del Agua (DPA - D.P.A.) y autoriza al Servicio Administrativo de la citada Dirección a efectuar el pago de la suma adeudada, en concepto de trabajos ejecutados en la Presa Lateral N° 3 del Complejo de Aprovechamiento Hidroeléctrico Celestina Gelsi, a las empresas Merco Vial S.A. y Sabavisa S.A. - U.T. (Represa - Embalse - Arreglos - Reparaciones - Solicitud de Pago - Trabajos de emergencia ejecutados en el cierre lateral N° 3).
Otorga autorización al Ministerio de Obras y Servicios Públicos para realizar los trámites administrativos y a la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado para iniciar las acciones judiciales pertinentes en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 4° del Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia N° 1/8 del 17/01/2023 (aprobado por Ley N° 9685) y para el recupero de los fondos correspondientes a los pagos que se realicen en virtud del presente Decreto.
Texto Original
COMPLEMENTA LEY 9685 31/01/2023 Complementa a la Ley.- Reparación del Dique El Cadillal:
Ratificación de D.N.U.: Ratifica el Decreto Acuerdo con Invocación a Necesidad y Urgencia N° 1/8-MOySP del 17/01/2023, a través del que se autoriza al Poder Ejecutivo de la Provincia de Tucumán a contratar en forma directa, previo cotejo de precios, la ejecución de las obras y trabajos necesarios para la reparación de la Presa Lateral Nº 3 del Complejo Hidroeléctrico El Cadillal (Dique Celestino Gelsi - Represa - Embalse).
(Deterioro de la Presa - Seguridad Hídrica - Hidráulica - Abastecimiento de agua para la población y el sector agroindustrial - Cañaverales Azucareros - Zafra Azucarera - Fábricas y Destilerías - Recurso Hídrico - Centrales Hidroeléctricas).
Texto Original
COMPLEMENTA DECRETO 4066 06/12/2024 Complementa al Decreto.- Efectúa la adecuación presupuestaria que se detalla.
Incrementa crédito presupuestario en la Dirección Provincial del Agua (DPA - D.P.A.), Programa 13: Recuperación Hídrica de la Provincia de Tucumán, Obra 54: Reparación Presa Lateral N° 3 del Complejo Celestino Gelsi (Dique El Cadillal), Partida Subparcial 422: Construcciones en bienes de dominio público, correspondiente al Presupuesto General 2024 (Represa - Embalse - Agua Potable).
Texto Original
COMPLEMENTA LEY 3807 25/04/1972 Complementa a la Ley.- Expropia inmuebles ubicados en Area de Influencia Presa El Cadillal que serán regados por aguas de su embalse, etc. Nota: NO GENERAL VIGENTE POR LEY 8240 DIGESTO JURIDICO.- Texto Original
COMPLEMENTA LEY 3674 15/12/1970 Complementa a la Ley.- Ratifica convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Tucumán y Agua y Energía Eléctrica de la Nación, Empresa del Estado, por el cual la Provincia, transfiere a Agua y Energía en propiedad la Central Hidroeléctrica el Cadillal. Nota: NO GENERAL VIGENTE POR LEY 8240 DIGESTO JURIDICO.- Texto Original
COMPLEMENTA DECRETO 209 01/02/2023 Complementa al Decreto.- Reparación del Dique El Cadillal:
Establece la alícuota del 0% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, respecto de aquellos ingresos que se obtengan como retribución por los servicios de asesoramiento técnico en la etapa de preadjudicación y la inspección de la obra "Reparación de la Presa Lateral Nº 3 del Complejo de Aprovechamiento Hidroeléctrico Celestino Gelsi", de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 156/8-MOySP del 27/01/2023 (Autoriza a la Dirección Provincial del Agua - DPA - D.P.A. a contratar en forma directa los servicios detallados).
Establece en el Impuesto de Sellos, la alícuota del 0% para los actos, contratos y/o instrumentos que se celebren con motivo del desarrollo de las actividades citadas en el Artículo 1º.
Establece en el Impuesto para la Salud Pública, la alícuota del 0% por las remuneraciones devengadas al personal en relación de dependencia involucrado en la ejecución de los servicios e inspección de obra a los cuales se refiere el Artículo 1º.
Faculta a la Dirección General de Rentas para dictar todas las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias de lo establecido por el presente Decreto.
El presente Decreto entrará en vigencia en igual fecha que el Decreto Nº 156/8-MOySP del 27/01/2023.
(Deterioro de la Presa - Seguridad Hídrica - Hidráulica - Abastecimiento de agua para la población y el sector agroindustrial - Cañaverales Azucareros - Zafra Azucarera - Fábricas y Destilerías - Recurso Hídrico - Centrales Hidroeléctricas).
Texto Original
COMPLEMENTA DECRETO 156 27/01/2023 Complementa al Decreto.- Reparación del Dique El Cadillal:
Autoriza a la Dirección Provincial del Agua (DPA - D.P.A.) a contratar, en forma directa, con la firma Vardé y Asociados S.A., el asesoramiento técnico en la etapa de preadjudicación y la inspección de la obra "Reparación de la Presa Lateral Nº 3 del Complejo de Aprovechamiento Hidroeléctrico Celestino Gelsi".
Autoriza al Director de la Dirección Provincial del Agua a suscribir el contrato correspondiente, el que queda aprobado.
(Deterioro de la Presa - Seguridad Hídrica - Hidráulica - Abastecimiento de agua para la población y el sector agroindustrial - Cañaverales Azucareros - Zafra Azucarera - Fábricas y Destilerías - Recurso Hídrico - Centrales Hidroeléctricas).
Texto Original
COMPLEMENTA DECRETO 136 25/01/2023 Complementa al Decreto.- Reparación del Dique El Cadillal:
Conforma la Comisión de Preadjudicación que actuará en el procedimiento de adjudicación de la contratación directa N°1/23, previo cotejo de precios, de la Obra: "Reparación de la Presa Lateral N° 3 del Complejo de Aprovechamiento Hidroeléctrico Celestino Gelsi", con los siguientes integrantes:
* El señor Ministro de Obras y Servicios Públicos, Mg. Ing. Walter Fabián Soria;
* El señor Ministro de Desarrollo Productivo, Ing. Alvaro Simón Padrós;
* El señor Ministro del Interior, C.P.N. Miguel Angel Acevedo.
Dispone la integración de una Comisión, la que tendrá por objeto asesorar técnica, económica y financieramente a la conformada en el Artículo 1º del presente Decreto, para la elaboración de su dictamen. Estará compuesta por:
* 1 representante de la Contaduría General de la Provincia de Tucumán;
* El o los profesionales expertos y calificados contratados para la inspección de obra, según lo requerido por el Organismo Regulador de Seguridad de Presas (ORSEP) y el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE - E.N.R.E.).
* El o los representantes del O.R.S.E.P. y la empresa Hidroeléctrica Tucumán S.A., a los que deberán cursarse las invitaciones de rigor.
(Represa - Embalse - Deterioro de la Presa - Seguridad Hídrica - Hidráulica - Abastecimiento de agua para la población y el sector agroindustrial - Cañaverales Azucareros - Zafra Azucarera - Fábricas y Destilerías - Recurso Hídrico - Centrales Hidroeléctricas).
Texto Original
COMPLEMENTA DECRETO NECESIDAD Y URGENCIA 1 17/01/2023 Complementa al Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia.- Reparación del Dique El Cadillal:
Autoriza al Poder Ejecutivo de la Provincia de Tucumán a contratar en forma directa, previo cotejo de precios, la ejecución de las obras y trabajos necesarios para la reparación de la Presa Lateral Nº 3 del Complejo Hidroeléctrico El Cadillal (Dique Celestino Gelsi - Represa - Embalse).
Dispone la Designación de la Dirección Provincial del Agua (DPA - D.P.A.), dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, organismo ejecutor de lo dispuesto en el Artículo 1º.
Exceptúa a las gestiones que se reaiicen en el marco del presente D.N.U. de lo dispuesto en el Artículo 19° de la Ley N° 5854 (Obras Públicas), como así también del Decreto N° 1531/3-MH de 1997 (Cumplimiento de Obligaciones Tributarias - Impositivas).
EI Poder Ejecutivo, a través de sus organismos técnicos competentes, realizará todos los trámites y acciones tendientes al recupero de los fondos invertidos con motivo de lo dispuesto en el Artículo 1°, ante la Empresa Hidroeléctrica Tucumán S.A. y/o ante quien corresponda, y al reclamo de los daños y perjuicios que pudieran generarse.
(Deterioro de la Presa - Seguridad Hídrica - Hidráulica - Abastecimiento de agua para la población y el sector agroindustrial - Cañaverales Azucareros - Zafra Azucarera - Fábricas y Destilerías - Recurso Hídrico - Centrales Hidroeléctricas).
Texto Original
COMPLEMENTA LEY 2949 28/03/1960 Complementa a la Ley.- Construcción del dique El Cadillal. Nota: CADUCA POR LEY 8240 DIGESTO JURIDICO.-
VER LEY Nº 9179.-
Texto Original
COMPLEMENTA LEY 3235 28/05/1965 Complementa a la Ley.- Sustituye el artículo 5º de la Ley Nº 2949 (Expropiación de bienes para obras de construcción del dique El Cadillal). Nota: CADUCA POR LEY 8240 DIGESTO JURIDICO.- Texto Original