Resultados ordenados por Fecha de Promulgación/Protocolización comenzando por el más reciente
| Relación | Tipo de Norma | Nro. | Fecha Prom./Prot | Artículos Afectados | Tema | Enlaces |
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| COMPLEMENTA | LEY | 8467 | 23/12/2011 | Complementa a los Artículos 21, 41, 42, 43 y 44 de la Ley en el sentido de fijar los nuevos valores para las Tasas Retributivas de Servicio de Justicia previstas en los mismos.- | Ley Impositiva Provincial. Los tributos establecidos en el Código Tributario se cobrarán con las alícuotas e importes que se establecen en la presente Ley. Establece disposiciones sobre: Impuesto Inmobiliario. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Impuesto a la actividad de "Cultivo de tabaco". Impuestos a los Servicios de Alojamiento por Hora (Casas de Citas, Hoteles y Albergues). Impuesto a Playas de Estacionamiento y Garajes. Salones de Baile, discotecas y similares. Servicios de Juegos de Salón (billar, pool, bowling, electrónicos y similares). Impuesto de Sellos. Impuesto a los Automotores y Rodados. Tasas Retributivas de los Servicios prestados por la Administración Pública Provincial. Tasas Generales de Actuación. Tasas para trámites sobre ganado - Registro de Marcas. Sellado para Profesionales y Peritos. Tasas Judiciales. Tasa Proporcional de Justicia. Tasa al Uso Especial del Agua (Riego). Impuesto para la Salud Pública. Impuesto a los Juegos de Azar Autorizados. Convalida y ratifica la vigencia de los Decretos Nº 3800/3-ME-2005, 1241/3-ME-2006, artículo 3º, 2228/3-ME-2006, 1985/3-ME-2009 y su complementario, 3322/3-ME-2009, excepto los artículos 5º, 6º y 7º, 2700/9-MDP-2010 y 1755/3-ME-2011. Decreto Nº 3784/3(ME)-2016 (Establece nuevos valores mínimos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos). Deroga la Ley 5636, excepto lo establecido en el Capítulo IX, y su modificatoria. NOTA DE H. L. Nº 230/2011: FE DE ERRATAS PUBLICADA EN BOLETIN OFICIAL DEL 16/01/2012: EN EL ARTICULO 61º DEBE DECIR "DEROGAR LA LEY Nº 5636 Y SU MODIFICATORIA, EXCEPTO LO ESTABLECIDO EN SU CAPITULO IX"). NOTA: GENERAL VIGENTE POR LEY Nº 9924 (DIGESTO JURIDICO).- TEXTO CONSOLIDADO.- |
Texto Original Consolidado Ley 9924/2025 |
| COMPLEMENTA | DECRETO | 2960 | 21/09/2009 | Complementa al Artículo 13° del Decreto en el sentido de fijar el nuevo valor para la Tasa Retributiva de Servicio de Justicia prevista en el mismo.- | Reglamenta Ley Nº 7844 (Procedimiento de mediación obligatoria previa a todo juicio).#REGLAMENTACION LEY Nº 7844 | Texto Original |
| COMPLEMENTA | DECRETO | 4436 | 27/12/2024 | Complementa al Decreto en el sentido de fijar el nuevo valor para la Tasa Retributiva de Servicio de Justicia prevista en el Punto c) del Inciso 2 del Artículo 21 de la Ley N° 8467.- | Tasas Retributivas de Servicios - Adecuación de Valores para el Año 2025: Establece los valores para las Tasas Retributivas de Servicios que se detallan, previstos en los Incisos del Artículo 21º de la Ley N° 8467 (Ley Impositiva Provincial de Tucumán) y sus modificatorias. (Actualización de montos - importes - Tributos Provinciales). |
Texto Original |
| COMPLEMENTA | DECRETO | 1163 | 29/04/2024 | Complementa al Decreto en el sentido de fijar los nuevos valores para las Tasas Retributivas de Servicios de Justicia previstas en los Artículos 21°, 41°, 42°, 43° y 44° de la Ley N° 8467 y sus modificatorias y en el Artículo 13° del Decreto N° 2960/14-MGyJ del 21/09/2009.- | Fija los valores correspondientes para las Tasas Retributivas de Servicios de Justicia, previstas en los artículos 21°,41°,42°,43° y 44° de la ley N° 8.467 y sus modificatorias, y en el artículo 13° del Decreto N° 2960/14 (MGyJ)-2009 (reglamentario de la ley N° 7844). | Texto Original |