Resultados ordenados por Fecha de Promulgación/Protocolización comenzando por el más reciente
Relación | Tipo de Norma | Nro. | Fecha Prom./Prot | Artículos Afectados | Tema | Enlaces |
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COMPLEMENTA | DECRETO ACUERDO | 10 | 14/04/2014 | Artículo 16º - Complementa al Decreto.- | Aumento de Sueldos: Otorga, a partir del 01/03/2014, un Adicional de $1100.- al Personal del Escalafón General de la Administración Pública Provincial que se detalla, al Personal de las Comunas Rurales y a los beneficiarios de la Ley Nº 6639 (Ex DiPOS - Dirección Provincial de Obras Sanitarias) y Leyes Nº 6622 y Nº 6624 (Ex Banco de la Provincia de Tucumán). El citado Adicional quedará fijado a partir del 01/08/2014 en $2300.- Adicional por Dirección/Jefatura: Otorga un Adicional a los Jefes Departamentales: $2400.- para Directores y Subdirectores, $1200.- para Jefe Departamental, $600 para Jefe de División y $300 para Jefe de Sección. Deja sin efecto, a partir del 01/03/2014, el Decreto Nº 1037/3-ME del 12/04/2007 (Adicional para Categoría 22). Adicional por Título Específico: Otorga al Personal de la Administración Central y Organismos Descentralizados que cuente con Título Universitario, un Adicional equivalente al 10% del Básico de la Categoría de Revista, en concepto de Título Específico. Bonificación por Dedicación Funcional y Responsabilidad Funcional: Incrementa en un 25% la Bonificación por Dedicación Funcional vigente para Directores y Subdirectores y en un 10% la Responsabilidad Funcional. Adicional por Cargo Crítico: Incrementa el concepto de Cargo Crítico (Sobreasignación Especial para Funcionarios de Nivel de Conducción de Areas Críticas - Decreto Acuerdo Nº 39/1 del 30/12/1999) según se detalla. Titularización de Empleados (Pase a Planta Permanente del Personal Transitorio): Dispone que aquellos agentes/empleados que revisten el carácter de Personal Transitorio en la Administración Pública Provincial al 31/12/2012, quedarán titularizados en la Categoría en la cual revisten, a excepción del personal Contratado. Recategorización/Reencasillamiento: Los empleados transitorios de las Categorías inferiores a la Categoría 18 serán titularizados en la Categoría 18. Equiparación a la Categoría 18: Otorga un Complemento a los empleados de categorías inferiores a la 18, equivalente a la diferencia entre su categoría de revista y la categoría 18, según se detalla. |
Texto Original |
COMPLEMENTA | DECRETO | 585 | 16/03/2015 | Artículo 16º - Complementa al Decreto.- | Aumento de Sueldos para Empleados Públicos - Titularización en Planta Permanente de Empleados de Planta Transitoria/Temporaria sin término: Otorga al personal de la Administración Pública un incremento remunerativo y bonificable, equivalente al 30% sobre el básico de cada categoría vigente a Febrero de 2015, el cual será pagadero en dos partes. Otorga un adicional no remunerativo y no bonificable por los importes que se detallan en cada categoría según decreto. Otorga a los beneficiarios de las leyes Nº 6639, Nº 6622, Nº 6624, un incremento remunerativo equivalente al 30% sobre el haber básico y un adicional no remunerativo y no bonificable por los importes que se detallan en el presente decreto. Modifica el art. 1º del decreto Nº 3730/3(ME)-2004. (Política Salarial).- |
Texto Original |
COMPLEMENTA | DECRETO | 690 | 20/03/2017 | Artículo 16º - Complementa al Decreto.- | Otorga al personal de la Administración Pública y de las Comunas Rurales un incremento remunerativo y bonificable equivalente al 23% sobre el básico de cada categoría vigente al 01/02/2017, en dos partes, un 10% a partir de Marzo y un 13% a partir de Septiembre. Otorga un Adicional No Remunerativo y No Bonificable de $2500, el cual se abonará: $1550 a partir de marzo y $950 a partir de septiembre. Incrementa el valor de todas la Asignaciones Familiares, y el valor de la Asignación Familiar "Ayuda Escolar Anual". Dispone que el personal Contratado o de Personal Transitorio a término, y que registre prestación de servicios por un período de 3 años en el lapso comprendido entre el 01/01/2013 y el 31/12/2016, sea designado como Personal Transitorio en la categoría en la cual reviste. Establece que agentes interinos al 31/12/2015 que cumplan con cierta antigüedad quedaran titularizados. (Política Salarial, Aumento de Sueldo).- | Texto Original |
COMPLEMENTA | DECRETO | 953 | 08/04/2011 | Artículo 16º - Complementa al Decreto.- | Fija valores a aplicar a las categorías del Escalafón General de la Admnistración Pública Provincial. Establece un complemento no remunerativo y no bonificable para los empleados que no alcancen la suma de $2250. Dispone que los agentes en planta temporaria o transitoria y que al 31/12/2009 cuenten con una antigüedad no menor de 3 años quedarán titularizados en Planta Permanente. Política Salarial. | Texto Original |
COMPLEMENTA | DECRETO | 1082 | 12/04/2016 | Artículo 16º - Complementa al Decreto.- | Otorga al personal de la Administración Pública y de las Comunas Rurales un incremento remunerativo y bonificable equivalente al 30% sobre el básico de cada categoría vigente al 01/03/2016, en dos partes, un 15% a partir de Abril y un 15% a partir de Septiembre. Otorga un adicional no remunerativo y no bonificable de $1400 y el cual quedará fijado a partir del mes de Octubre en $2800. Dispone la titularización del personal transitorio al 31/12/2014. Dispone que los contratados que registren una prestación de servicios en forma ininterrumpida por 3 años entre el 01/01/2012 y el 31/03/2016 serán designados en planta transitoria. (Política Salarial). (Aumento de Sueldo).- | Texto Original |
COMPLEMENTA | DECRETO | 1954 | 05/06/2007 | Artículo 16º - Complementa al Decreto.- | Modifica los siguientes Articulos del Decreto Nº 1783/3-ME del 23/05/2007: Artículo 1°: Otorga al Personal de la Administración Pública Provincial y de las Comunas Rurales un Adicional equivalente al 30% del básico de cada Categoría y un 37% a las Categorías comprendidas entre la 15 y la 18).- Artículo 4°: Otorga al Personal que reviste en las Categorías 19 a la 21 un complemento salarial equivalente a la diferencia entre su categoria de revista y la inmediata superior).- Otorga un Adicional de $200.- a los Agentes de Jefaturas Departamentales con personal a cargo. |
Texto Original |
COMPLEMENTA | DECRETO | 2170 | 27/06/2011 | Artículo 16º - Complementa al Decreto.- | Titularización e Incorporación en Planta Permanente del Personal de la Administración Pública Provincial (Decretos Nº 4346/1-2009 y Nº 953/3-ME-2011) - Establece requisitos y alcances: Cómputo de la Antigüedad. La Titularización del Personal Adscripto y/o en Comisión de Servicios deberá realizarse en la repartición de origen. Encasilla en la Categoría 15 al Personal Permanente, Transitorio, Temporario y Contratado cuyos haberes sean afrontados con fondos provinciales, perteneciente a las Categorías 1 a 14 del Escalafón General (Reencasillamiento). Establece disposiciones sobre el Personal Transitorio, Temporario y Contratado cuyos haberes sean afrontados con fondos provinciales, perteneciente a las Categorías 15 a 24. Dispone sobre el Personal Interino y el Personal que percibe los adicionales de los Decretos Nº 2685/3-ME-2004 y Nº 1783/3-ME del 23/05/2007. Establece que el Personal de Gabinete y el Personal Contratado cuyos haberes sean afrontados con fondos nacionales, no se encuentran alcanzado por el beneficio de la Titularización en Planta Permanente. Queda sin efecto cualquier trámite iniciado por Personal Transitorio y/o Temporario en el marco del Artículo 2º del Decreto Nº 4346/1-2009. | Texto Original |
COMPLEMENTA | DECRETO | 3105 | 04/10/2013 | Artículo 16º - Complementa al Decreto.- | Titularización de Empleados de la Administración Pública Provincial: Establece que a los fines de la aplicación de los Decretos Nº 4346/1 del 29/12/2009, Nº 953/3-ME del 08/04/2011 y Nº 2170/3-ME del 27/06/2011, y al sólo efecto de ser Titularizados en Planta Permanente, los Agentes de la Administración Pública Provincial, incluido el Personal de Comunas Rurales, deberán reunir una antigüedad no menor a 3 años ininterrumpidos o no, considerando el lapso comprendido entre el 01/01/2006 y el 31/12/2009. | Texto Original |
COMPLEMENTA | DECRETO | 4346 | 29/12/2009 | Artículo 16º - Complementa al Decreto.- | Titularización en Planta Permanente de Empleados de Planta Transitoria/Temporaria y de Personal Contratado: Titulariza al Personal Transitorio y Contratado de la Administración Pública Provincial, hasta la Categoría 19, que cuente con una antigüedad de 3 años. Los Empleados con Categoría superior a la 19 podrán optar por permanecer como revisten al día de la fecha, o aceptar ser titularizados en la Categoría 19. Reencasillamiento y Titularización en Categoría 15: Los Empleados Permanentes con Categorías inferiores a la 15 y los Empleados Transitorios o Contratados No Permanentes de las Categorías 10 a la 14, serán encasillados en la Categoría 15 (Promoción - Recategorización) y designados (nombrados) en Planta Permanente (Pase a Planta Permanente de Personal Temporario y Contratado - Asignación de Categorías de la Planta Permanente). Incluye al Personal de las Comunas Rurales. |
Texto Original |
COMPLEMENTA | LEY | 7337 | 20/01/2004 | Complementa a la Ley.- | Titulariza a los docentes de los Niveles EGB 3 y Polimodal que reúnan los requisitos detallados (Titularización Docente). Rechaza el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 681/5-SE-2003.Nota: GENERAL VIGENTE POR LEY Nº 8240 DIGESTO JURIDICO | Texto Original |
COMPLEMENTA | LEY | 7380 | 31/05/2004 | Complementa a la Ley.- | Deroga la Ley Nº 5222 que establece el Régimen Jurídico para el Personal Docente, y servicios de las Escuelas de la Dirección General de Enseñanza Básica.Titularización.Nota: GENERAL VIGENTE POR LEY Nº 8240 DIGESTO JURIDICO | Texto Original |
COMPLEMENTA | LEY | 7424 | 08/09/2004 | Complementa a la Ley.- | Titularización Docente: Adultos, Post Primarios, EMETA, EGB I y II. Nota: GENERAL VIGENTE POR LEY Nº 8240 DIGESTO JURIDICO. TEXTO CONSOLIDADO. #TITULARIZACION DOCENTE | Texto Original Consolidada |
COMPLEMENTA | LEY | 7461 | 25/11/2004 | Complementa a la Ley.- | Titulariza a docentes interinos del Nivel Superior No Universitario en un máximo de 12 horas cátedra. A bedeles, preceptores y bibliotecarios.Nota: GENERAL VIGENTE POR LEY Nº 8240 DIGESTO JURIDICO | Texto Original |
COMPLEMENTA | LEY | 7534 | Complementa a la Ley.- | Otorga el carácter de titular a los docentes interinos de la Escuela Díaz Velez.Nota: GENERAL VIGENTE POR LEY Nº 8240 DIGESTO JURIDICO. | Texto Original | |
COMPLEMENTA | LEY | 7816 | 03/10/2006 | Complementa a la Ley.- | Establece, por esta única vez, un procedimiento de excepción para la titularización del personal docente que ocupa cargos jerárquicos.Nota: GENERAL VIGENTE POR LEY Nº 8240 DIGESTO JURIDICO. | Texto Original |