Consulta de Normas - DECRETO 1220/2023 - Relaciones

Resultados ordenados por Fecha de Promulgación/Protocolización comenzando por el más reciente

Relación Tipo de Norma Nro. Fecha Prom./Prot Artículos Afectados Tema Enlaces
COMPLEMENTA DECRETO 750 28/03/2006 Complementa al Decreto.- Expropia inmueble, ubicado en Aguilares, Dpto. Río Chico, Plano de Mensura nº 45.285/05-Padrón nº 63.505. Texto Original
COMPLEMENTA DECRETO 871 22/03/2007 Complementa al Decreto.- Aprueba el avenimiento expropietario sobre el inmueble de propiedad de la Sociedad Anónima Azucarera Argentina Comercial e industrial ubicado en Aguilares, padrón n° 63.505. Texto Original
COMPLEMENTA LEY 7674 21/12/2005 Complementa a la Ley.- Expropia un inmueble ubicado en Aguilares, departamento Río Chico, Padrón N° 63505, destinado a la erradicación de los asentamientos de barrios de emergencia y/o construcción de viviendas.NOTA: VIGENTE POR LEY Nº 9924 (DIGESTO JURIDICO).-
CLASIFICADA COMO LEY "NO GENERAL".-
Texto Original
COMPLEMENTA LEY 8026 12/03/2008 Complementa a la Ley.- Autoriza al Poder Ejecutivo a transferir al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano un inmueble de propiedad del Superior Gobierno de la Provincia, ubicado en Aguilares, departamento Río Chico, identificado con padrón N° 63505, el cual será destinado a la construcción de viviendas.
NOTA: CADUCA POR LEY Nº 9924 (DIGESTO JURIDICO).-
Texto Original
COMPLEMENTA LEY 9662 26/12/2022 Complementa a la Ley.- Autoriza al Poder Ejecutivo de la Provincia de Tucumán a dejar sin efecto la donación con cargo del inmueble ubicado en el departamento Río Chico, ubicado en los Barrientos, Padrón Nº 63505, siendo el beneficiario el Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Provincia de Tucumán. Autoriza al Poder Ejecutivo de la Provincia de Tucumán a transferir a título gratuito a la Municipalidad de Aguilares el inmueble descripto. El inmueble será destinado por la Municipalidad de Aguilares al desarrollo de espacios verdes, deportivos y educativos en beneficio de la comunidad. -
NOTA: VIGENTE POR LEY Nº 9924 (DIGESTO JURIDICO).-
CLASIFICADA COMO LEY "NO GENERAL".-
Texto Original